El ecocidio, podría ser un crimen como el genocidio, los crímenes de guerra, lesa humanidad y agresión, gracias a un panel de expertos internacionales que definió el concepto como el quinto crimen bajo el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional CPI.
Actualmente no existe un marco legal para abordar el ecocidio a nivel internacional y, por lo tanto, no existe un sistema para responsabilizar a quienes toman las decisiones en las corporaciones y en los gobiernos que causan daños y abusos ambientales tales como los derrames de petróleo, la deforestación masiva, los daños a los océanos o la contaminación grave del agua. La consagración del ecocidio en el derecho internacional permitiría llevar a los perpetradores a juicio en la Corte Penal Internacional o en cualquier jurisdicción que lo ratifique.
La definición para que el ecocidio pueda ser considerado como quinto crimen de la CPI, fue posible gracias al trabajo realizado por 12 juristas internacionales de renombre, expertos en medio ambiente y derecho penal internacional convocados por la Fundación Stop Ecocidio.
Después de seis meses de deliberaciones, los expertos internacionales definieron jurídicamente el “ecocidio” como cualquier acto ilícito o arbitrario perpetrado a sabiendas de que existen grandes probabilidades de que cause daños graves que sean extensos o duraderos al medio ambiente.
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El Panel de Expertos Independientes para la definición jurídica de ecocidio, presidido por el abogado y escritor Philippe Sands QC (Reino Unido) y por la jurista y exfiscal de la ONU Dior Fall Sow (Senegal), inició sus reuniones a finales de 2020 en un momento verdaderamente simbólico: 75 años después de que los términos “genocidio” y “crímenes contra la humanidad” se usaran por primera vez en los Juicios de Nuremberg. Este proyecto surgió en respuesta a una solicitud de parlamentarios de los partidos que están en el gobierno en Suecia.
La definición propuesta, estará a disposición de cualquiera de los 123 Estados miembros de la CPI para que puedan proponerlo como una enmienda a la carta de la Corte –conocida como Estatuto de Roma–. Cuando eso suceda, la asamblea anual de la Corte celebrará una votación para decidir si esta puede avanzar en su promulgación futura.
Philippe Sands QC, profesor de la Universidad de Londres (University College London); abogado de Matrix Chambers y uno de los expertos que trabajó en la definición, afirma que “el ecocidio versa sobre una ley al servicio de nuestro planeta, es un medio para cambiar la conciencia y para aprovechar la idea y los ideales de la justicia internacional en aras de un bien mayor”.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_media_grid grid_id=”vc_gid:1691482332228-ea00ffdc-cd95-3″ include=”8349,8350,8351″][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text text_larger=”no”]Con la aceptación del ecocidio como quinto crimen ante la CPI, las demandas por daños ambientales que no sean afrontadas y resueltas responsablemente por los Estados, podrían ser llevadas a la Corte Penal Internacional en donde se podrán dirimir los conflictos como un último recurso.
Los expertos analizaron cómo la ley penal ayuda a formar todo tipo de conciencias en lo que es correcto e incorrecto. Tratar de reconocer que hay algunas líneas que no pueden traspasarse más, será el trabajo de fiscales y jueces, determinar si un acto concreto cruza o no cruza esa línea es el trabajo al que ellos deberán hacerle frente.
Jojo Mehta, Presidenta de la Fundación Stop Ecocidio y coordinadora del panel, ha dicho que “Este es un momento histórico. Este panel de expertos se ha reunido en respuesta directa al creciente apetito político por dar respuestas reales a las crisis climática y ecológica. Es el momento adecuado: el mundo se está dando cuenta del peligro al que nos enfrentamos si continuamos con nuestra trayectoria actual.”
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El trabajo para realizar la redacción del crimen, ha explicado Mehta, “ha sido de alto nivel, colaborativo y con información por parte de muchos expertos, incluyendo una consulta pública que aportó cientos de perspectivas legales, económicas, políticas, juveniles, religiosas e indígenas. La definición resultante está bien ajustada entre lo que se debe hacer de manera concreta para proteger los ecosistemas y lo que será aceptable por los Estados. Es concisa, se basa en sólidos precedentes legales y encajará bien con las leyes existentes. Los gobiernos la tomarán en serio. Ofrece una herramienta legal viable que se corresponde con una necesidad real y urgente en el mundo.”
A partir de esta gran tarea, los Estados tendrán que asumir la definición, 10 de ellos ya consideran el ecocidio en sus legislaciones actuales, sin embargo y como lo afirmó Jojo Mehta, el término está infrautilizado en sus Estados.
El apoyo a una ley del ecocidio que penalice el daño masivo y la destrucción de los ecosistemas está ganando impulso en todo el mundo con un interés constatado tanto por parte de naciones insulares (Vanuatu y las Maldivas) como por parte de estados europeos (Francia, Bélgica, Finlandia, España, Luxemburgo). Además ha sido respaldado por personalidades destacadas tales como el Papa, Greta Thunberg y la Dra. Jane Goodall. Bélgica es la primera nación europea que ha planteado la penalización del ecocidio en la Corte Penal Internacional y el Parlamento Europeo lo ha apoyado en principio en varias ocasiones.
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